Desde el tiempo en que vivió Aristóteles hemos hablado de la justicia, y
desde entonces se intentaba forjar una definición de ello; decía el citado
filósofo de la edad antigua, que la justicia puede ser clasificada bajo dos
grandes ramos: justicia correctiva y justicia distributiva, la primera de ellas
se refiere a la conciliación entre dos partes cuando una de ellas ha dañado o
ha tomado algo de la diversa; por su parte, la justicia distributiva hace
referencia a la distribución apropiada de los bienes dentro de un grupo; lo que
es importante resaltar es que en última instancia, este filósofo reduce ambas
formas a un asunto de “proporción”. [1]
Sin embargo, Radbruch en su libro “Introducción
a la Filosofía del Derecho”, al hablar de su propia idea de justicia retoma
los estudios realizados por el citado filósofo de la antigüedad, pero el
filósofo alemán lo interpreta de manera distinta y establece: “la médula de la justicia es la idea de
igualdad”[2]
Luego entonces, ¿tienen la misma significación proporción e igualdad? Probablemente
que no, pero por el momento habremos de tomarlos por sinónimos, siendo el
objetivo principal únicamente distinguir entre igualdad y equidad bajo la teoría
de la justicia de Gustav Radbruch; sin embargo, para poder entender un poco la
propuesta de este autor, es menester conocer el contexto histórico en que se
desenvolvió y en que desarrolló sus ideas.
Gustav Radbruch, nació en Alemania en el año de 1878, fue profesor de
Ileidelberg desde el año de 1925, sin embargo, con la llegada de los nazis en
1933, fue destituido de su cátedra y exiliado por considerar que sus ideas no
ayudaban en la legitimación del régimen; no obstante lo anterior, Radbruch –aún
bajo una ideología positivista(imperante en la época)- no abandona sus
propuestas y llega a la conclusión de que si
una ley manifiesta un grado de injusticia extrema no puede considerarse
verdadero derecho.
Volviendo, a su propuesta para entender a la justicia, él reconoce que
ésta comparte las características de la verdad, la belleza y el bien, es decir,
se trata de un valor absoluto, no deriva de otro alguno; por tanto, si la
esencia de la justicia es la igualdad, reviste la forma de la generalidad, sin
embargo, aspira siempre a al individuo y caso concreto; “esta justicia
proyectada sobre el caso concreto y el hombre concreto, recibe el nombre de la
equidad”.[3]
La justicia requiere siempre de normas generales, pero esta generalidad admite
grados, ubicar al caso concreto dentro de tales grados es la equidad. La justicia
podrá decirnos “trato igual a los iguales y desigual a los desiguales”, pero no
podrá establecer a quién debe considerarse iguales y a quiénes desiguales, ni
tampoco responderá cómo deben ser tratados cada uno de ellos.
Para concluir, baste decir que para Radbruch, la igualdad es la
abstracción de la desigualdad existente en el mundo, pues tanto el hombre como
las cosas que le rodean se parecen tan poco entre sí como un huevo a otro
huevo. [4]
Este autor sí parte de la idea de que todos nos encontramos en un plano de
desigualdad, nos parecemos pero no somos idénticos.
[1]
Bix, Brian H., Filosofía del derecho: ubicación
de los problemas en su contexto, 3ª ed., trad. de Imer B. Flores (coord.),
México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2010, pp. 133-135.
[2]
Radbruch, Gustav, Introducción a la
Filosofía del Derecho, trad. de Wenceslao Roces, México, Fondo de Cultura
Económica, 1951, p. 31.
[3] Ibídem, p. 33.

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